
Ayudas a la contratación en Zaragoza 2026
Si tu empresa, pyme o actividad como autónomo ha realizado contrataciones indefinidas en Zaragoza durante 2026, esta convocatoria puede interesarte.
El Ayuntamiento de Zaragoza ha abierto una línea de ayudas dirigida a autónomos, profesionales y pymes que hayan contratado en la ciudad a:
- Jóvenes menores de 35 años en situación de desempleo de larga duración, o
- Mujeres que se reincorporan al mercado laboral tras la maternidad.
La ayuda puede alcanzar hasta 3.000 € por contrato, con un máximo de 9.000 € por solicitante, y el plazo está abierto hasta el 19 de octubre de 2026.
Eso sí: aunque la convocatoria se tramite en concurrencia competitiva simplificada, en la práctica las solicitudes se atienden por orden de presentación, así que conviene revisar cada caso cuanto antes.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR ESTA AYUDA?
Pueden presentar esta subvención:
- autónomos,
- profesionales,
- y pymes,
siempre que estén establecidos en el municipio de Zaragoza.
Además, no basta con tener relación con Zaragoza de forma genérica. La convocatoria exige que:
- el domicilio social esté en Zaragoza,
- el domicilio fiscal también esté en Zaragoza,
- y el centro de trabajo del contrato subvencionado esté ubicado en Zaragoza capital.
Por tanto, si una empresa tiene varios centros, solo podrán entrar los contratos vinculados al centro de trabajo situado en Zaragoza.
¿QUÉ CONTRATOS ENTRAN?
La ayuda está pensada para contrataciones ya realizadas en 2026.
Solo son subvencionables los contratos con fecha de inicio entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026.
Entran:
- Contratos indefinidos a jornada completa
- Contratos indefinidos a jornada parcial, siempre que la jornada sea de al menos el 50 %
- Contratos fijos discontinuos de nueva creación
No entran:
- contratos temporales,
- parciales inferiores al 50 %,
- contrataciones realizadas fuera del periodo subvencionable,
- ni supuestos excluidos por las bases.
¿QUÉ PERSONAS CONTRATADAS PUEDEN DAR DERECHO A LA AYUDA?
Aquí está una de las claves de esta convocatoria. No basta con haber hecho una contratación indefinida: la persona contratada debe pertenecer a uno de estos dos colectivos.
1) Jóvenes menores de 35 años
Deben cumplir, entre otros, estos requisitos:
- tener menos de 35 años en la fecha de firma del contrato,
- estar desempleados antes de la contratación,
- haber estado inscritos como demandantes de empleo antes del contrato,
- y acreditar al menos 12 meses de desempleo ininterrumpido antes de la contratación.
2) Mujeres que se reincorporan tras la maternidad
En este caso, la trabajadora debe:
- reincorporarse al mercado laboral dentro de los 18 meses posteriores al parto,
- estar desempleada antes del contrato,
- y poder acreditar que interrumpió su actividad profesional por maternidad.




