
Ayudas para desarrollo de proyectos audiovisuales en la Comunidad de Madrid 2026
La Comunidad de Madrid cuenta con una ayuda dirigida a productoras audiovisuales que estén trabajando en el desarrollo de un proyecto con recorrido profesional.
Esta línea puede ser interesante para empresas que tengan entre manos un largometraje o una serie y necesiten financiar la fase previa a la producción: guion, dossier, localizaciones, casting, derechos, estrategia de financiación, distribución o marketing.
La clave está en entender bien el enfoque de la ayuda. No se trata de una subvención para cualquier contenido audiovisual, sino para proyectos que puedan convertirse posteriormente en una obra audiovisual destinada a exhibición en cines, televisión o plataformas digitales.
Qué tipo de proyectos audiovisuales pueden encajar
Esta ayuda está pensada para proyectos de largometraje o serie.
Pueden encajar proyectos de:
- Ficción.
- Documental creativo.
- Animación.
El proyecto debe estar en fase de desarrollo. Es decir, en una etapa previa a la producción o rodaje, donde todavía se están preparando los elementos necesarios para que la obra pueda avanzar con solvencia.
Por eso, antes de preparar una solicitud conviene revisar si el proyecto está realmente en esa fase y si cuenta con una base mínima: idea desarrollada, guion o tratamiento, dossier, presupuesto, calendario y estrategia de financiación o distribución.
Quién puede solicitar la ayuda
Pueden solicitar esta ayuda empresas de producción audiovisual independiente cuyo objeto sea la actividad cinematográfica o audiovisual.
Entre los posibles beneficiarios pueden estar:
- Empresarios individuales.
- Sociedades mercantiles.
- Sociedades civiles.
- Cooperativas laborales.
- Agrupaciones de interés económico.
Además, la empresa debe tener domicilio fiscal y centros de trabajo en España, y al menos una sede en la Comunidad de Madrid.
Requisitos principales de la ayuda
Antes de plantear una solicitud, hay varios requisitos que conviene confirmar.
- La empresa debe presentar un único proyecto.
- Debe tener al menos una sede en la Comunidad de Madrid.
- Debe acreditar actividad audiovisual o cinematográfica.
- Debe contar con un mínimo de dos años de actividad, o bien acreditar trayectoria profesional suficiente del administrador o socio mayoritario.
- El proyecto debe estar en fase de desarrollo.
- La empresa debe poder acreditar los derechos necesarios sobre el proyecto.
- Debe mantenerse el cumplimiento de requisitos hasta la justificación de la ayuda.
En proyectos en coproducción, hay que tener especial cuidado. Solo puede resultar beneficiaria la empresa que ejecuta el gasto y tiene el porcentaje mayoritario del proyecto. Si existen varias empresas con el mismo porcentaje, solo se admite una solicitud por proyecto.
Qué gastos pueden subvencionarse
La ayuda puede cubrir gastos vinculados al desarrollo del proyecto audiovisual.
Entre otros, pueden incluirse gastos relacionados con:
- Guion y mejora del guion.
- Dossier del proyecto.
- Tratamiento, personajes y enfoque visual.
- Búsqueda de localizaciones.
- Casting y selección inicial de reparto.
- Derechos de autor.
- Investigación en archivos.
- Plan de financiación.
- Planes iniciales de venta y distribución.
- Estrategia de comercialización y marketing.
- Asesoramientos tecnológicos vinculados al proyecto.
- Pilotos de animación, cuando proceda.
También pueden contemplarse ciertos gastos corrientes de la empresa, aunque con limitaciones, y determinadas inversiones en equipos técnicos solo en la parte de amortización vinculada al uso dentro del periodo subvencionable.
Cuánto puede concederse
La ayuda puede situarse entre 15.000 € y 50.000 € por proyecto.
La cuantía dependerá del presupuesto presentado, del tipo de gastos incluidos y de la valoración obtenida. La convocatoria se tramita en concurrencia competitiva, por lo que no basta con cumplir los requisitos: el proyecto debe obtener una puntuación suficiente y competir con el resto de solicitudes.
Plazo de solicitud y periodo subvencionable
El plazo de solicitud está abierto hasta el 21 de mayo de 2026.
El periodo subvencionable comprende gastos vinculados al desarrollo del proyecto dentro del periodo establecido por la convocatoria del 3 de noviembre de 2025 al 3 de noviembre de 2026..
La justificación deberá presentarse antes del 10 de noviembre de 2026.
Además, el pago se realiza previa justificación, por lo que es importante tener capacidad para adelantar o asumir los gastos y después justificarlos correctamente.
Antes de incluir gastos, conviene revisar facturas, proveedores, posibles vinculaciones, compatibilidad con otras ayudas y obligaciones de solicitar tres ofertas cuando corresponda.




