Ayuda en Madrid para desarrollo de proyectos audiovisuales en 2026

Resumen rápido

Plazo de solicitud
Hasta el 6 de abril de 2026
Cuantía máxima
Hasta 55.000 € por proyecto
Intensidad
Hasta el 75 % del coste subvencionado
Dirigida a
Productoras audiovisuales independientes con residencia fiscal en la Comunidad de Madrid

Si estáis desarrollando una serie o miniserie y necesitáis apoyo para reforzar esa fase previa a producción, esta ayuda del Ayuntamiento de Madrid puede ser interesante. Está pensada para proyectos de ficción o documental, también de animación, que todavía están en desarrollo y que aspiran a exhibirse en televisión o plataformas.

No hablamos de una ayuda genérica para cualquier empresa audiovisual, sino de una convocatoria bastante orientada a productoras independientes con requisitos concretos. Precisamente por eso merece la pena revisarla con algo de detalle antes de dar por hecho que encaja.

Qué es esta ayuda

La convocatoria busca apoyar el desarrollo de series o miniseries vinculadas a Madrid, entendiendo por desarrollo todo lo que sucede antes de la producción propiamente dicha: preparación, diseño del proyecto, escritura, materiales de presentación, búsqueda de localizaciones o estrategia de financiación, entre otros.

Además del impulso al sector audiovisual, la ayuda tiene una lógica clara de ciudad: reforzar la proyección de Madrid y su posicionamiento como hub audiovisual. Por eso se valora especialmente la vinculación del proyecto con Madrid y su potencial de proyección exterior.

¿Encaja para mí?

Sí, puede encajar si:
  • Sois una productora audiovisual independiente.
  • Tenéis residencia fiscal en la Comunidad de Madrid.
  • Estáis desarrollando una serie o miniserie de ficción, documental o animación.
  • El rodaje todavía no ha comenzado.
  • Necesitáis reforzar guion, biblia, teaser, casting, localizaciones o estrategia de mercado.
En principio no encaja si:
  • El proyecto ya ha iniciado rodaje o ya ha sido grabado, editado o estrenado.
  • La empresa no puede acreditarse como productora independiente.
  • La actividad en la serie es exclusivamente financiera.

Quién puede solicitarla

Pueden solicitarla personas físicas o jurídicas con residencia fiscal en la Comunidad de Madrid que cumplan, entre otros, estos requisitos:

  • ser empresa de producción audiovisual independiente
  • tener menos de 250 personas trabajadoras
  • no superar 50 millones de euros de volumen de negocio anual
  • no superar 43 millones de euros de balance general anual
  • estar inscrita en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA
  • tener objeto social vinculado a la actividad audiovisual
  • acreditar al menos 2 años de experiencia en el sector, o trayectoria suficiente de alguno de los socios en los supuestos admitidos

Si el proyecto va en coproducción:

  • solo podrá pedir la ayuda la empresa que ejecute gasto
  • y que tenga el porcentaje mayoritario de titularidad

Requisitos clave que conviene revisar antes de presentarla

Requisito Qué implica
Tipo de empresa Debe ser una productora audiovisual independiente.
Residencia fiscal La empresa debe tener residencia fiscal en la Comunidad de Madrid.
Inscripción previa Debe estar inscrita en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA antes de presentar la solicitud.
Actividad El objeto social y el IAE deben estar vinculados al sector audiovisual.
Experiencia Debe acreditar al menos 2 años de trayectoria en la actividad audiovisual o cinematográfica, o la experiencia de alguno de los socios en los supuestos admitidos.
Tipo de proyecto El proyecto debe ser una serie o miniserie de ficción o documental, también en animación, destinada a televisión o plataformas.
Estado del proyecto Debe estar en fase de desarrollo, ser original e inédito y no haber iniciado rodaje.
Coproducciones Si hay coproducción, solo podrá solicitar la ayuda la empresa que ejecute gasto y tenga el porcentaje mayoritario de titularidad.
Gasto en Madrid Al menos el 50 % de los gastos subvencionables justificados debe realizarse en la Comunidad de Madrid.

Qué proyectos pueden presentarse

La ayuda está dirigida a series o miniseries de ficción o documental, en imagen real o animación, destinadas a su explotación comercial en televisiones o plataformas en línea.

Para que un proyecto tenga la consideración de serie, debe contar con un mínimo de 3 capítulos y una duración global mínima de 135 minutos. En el caso de las miniseries, el mínimo es de 2 capítulos y 90 minutos de duración global.

Hay un filtro importante: el proyecto no puede haber iniciado su rodaje en la fecha de presentación de la solicitud y su contenido debe ser original e inédito, es decir, no puede haber sido grabado, editado o estrenado previamente.

Qué gastos se pueden subvencionar

Entre los gastos que pueden entrar están:

  • adquisición de derechos
  • desarrollo de guion
  • biblia del proyecto
  • teaser, tráiler o storyboard
  • página web del proyecto
  • plan de marketing y distribución
  • casting
  • búsqueda de localizaciones
  • investigación documental
  • asesoría jurídica o fiscal
  • asesoría tecnológica, de accesibilidad o sostenibilidad
  • viajes y alojamientos para mercados, laboratorios, foros de coproducción, casting o localizaciones

Cuánto puede cubrir esta ayuda

La ayuda puede alcanzar:

  • hasta el 75 % del coste subvencionado
  • con un máximo de 55.000 € por proyecto

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta ayuda?

Productoras audiovisuales independientes, personas físicas o jurídicas, con residencia fiscal en la Comunidad de Madrid y que cumplan los requisitos empresariales y sectoriales de la convocatoria.

¿Qué tipo de proyectos entran?

Series o miniseries de ficción o documental, también en animación, destinadas a televisión o plataformas y en fase de desarrollo.

¿Cuánto puede cubrir la ayuda?

Hasta el 75 % del coste subvencionado, con un máximo de 55.000 € por proyecto.

¿Qué gastos pueden entrar?

Guion, biblia, teaser, materiales promocionales, casting, localizaciones, investigación, asesoría, marketing, distribución y determinados viajes vinculados al desarrollo.

¿Puede presentarse un proyecto que ya ha empezado a rodarse?

No. El rodaje no puede haberse iniciado en la fecha de presentación de la solicitud y el proyecto debe ser original e inédito.

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

Hasta el 6 de abril de 2026.

¿Te interesa esta subvención? Contacta con nosotros y revisamos si vuestro proyecto puede encajar y cómo enfocarlo.

¿Te interesa esta subvención?

Si estáis desarrollando una serie o miniserie y queréis revisar si esta ayuda puede encajar, lo vemos con vosotros.

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