
Ayudas para renovar maquinaria de hostelería en 2026: hasta 11.000 € por establecimiento
Si tienes un bar, restaurante, cafetería, hotel o alojamiento turístico y has renovado maquinaria desde marzo —o tienes previsto hacerlo próximamente—, puede haber una oportunidad interesante para recuperar parte de la inversión.
Esta ayuda permite recibir entre 5.000 y 11.000 euros por establecimiento para sustituir equipos antiguos por otros que consuman menos energía.
Puede cubrir hasta el 100 % de los gastos subvencionables, sin incluir el IVA. Sin embargo, no sirve para comprar maquinaria nueva sin más: la clave está en sustituir un equipo que ya estuviera funcionando en el establecimiento y demostrar la mejora energética conseguida.
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Está dirigida a autónomos, empresas, comunidades de bienes y sociedades civiles que sean titulares de establecimientos hosteleros situados en España.
Puede interesar, entre otros, a:
- Bares y cafeterías.
- Restaurantes y puestos de comidas.
- Empresas de catering.
- Hoteles y alojamientos similares.
- Alojamientos turísticos.
- Campings y otros establecimientos de alojamiento.
La actividad debe encontrarse clasificada dentro de los CNAE 55, correspondientes a servicios de alojamiento, o 56, correspondientes a servicios de comidas y bebidas.
No se exige una antigüedad mínima concreta ni un número mínimo de trabajadores. No obstante, la empresa o autónomo debe encontrarse de alta en la actividad antes de la apertura del plazo de solicitud.
¿Qué equipos pueden incluirse?
La ayuda está pensada para renovar:
- Electrodomésticos.
- Maquinaria industrial de hostelería.
- Equipos de cocina.
- Equipos de refrigeración.
- Maquinaria de lavado.
- Terminales de climatización.
- Toldos y sombrillas.
No basta con adquirir un equipo nuevo. Debe sustituirse otro que ya estuviera siendo utilizado en el establecimiento y poder demostrarse que el nuevo consume menos energía.
Quedan fuera los equipos que utilicen combustibles fósiles, incluido el gas natural.
¿Puedo solicitarla si ya he comprado la maquinaria?
Sí. Se pueden incluir gastos correspondientes a actuaciones realizadas desde el 1 de marzo de 2026, siempre que cumplan las condiciones y puedan justificarse correctamente.
En estos casos será especialmente importante conservar:
- Factura de compra.
- Justificante bancario del pago.
- Fotografías del equipo sustituido.
- Fotografía legible de la placa técnica.
- Ficha o etiqueta energética, si existe.
- Documentación técnica del nuevo equipo.
- Justificante de retirada del equipo antiguo por un gestor autorizado.
Si la máquina antigua ya se ha retirado y no se conserva información suficiente para identificarla o comparar su consumo, puede resultar complicado acreditar correctamente la mejora energética.
¿Y si todavía no he realizado la compra?
También puede presentarse una inversión pendiente mediante un presupuesto detallado.
El presupuesto debe permitir identificar el equipo nuevo, su marca, modelo, características técnicas, coste y, cuando corresponda, los trabajos necesarios para instalarlo.
Nuestra recomendación es revisar la operación antes de comprar. No toda la maquinaria nueva será subvencionable y, si después no puede demostrarse la mejora energética o la retirada del equipo anterior, la ayuda podría perderse.
¿Qué gastos pueden cubrirse?
Además de la compra del nuevo equipo, pueden incluirse:
- Equipos y materiales.
- Obras o instalaciones necesarias para ponerlos en funcionamiento.
- Retirada y gestión de los residuos generados.
- Honorarios técnicos para acreditar el ahorro energético.
- Gastos de gestión de la solicitud.
- Gastos de preparación y presentación de la justificación.
El IVA no es subvencionable. Los gastos de gestión y justificación tienen límites específicos, por lo que deben presupuestarse y facturarse correctamente.
¿Cuánto se puede recibir?
La ayuda puede alcanzar hasta el 100 % del coste subvencionable, con una cuantía comprendida entre:
- Un mínimo de 5.000 euros por establecimiento.
- Un máximo de 11.000 euros por establecimiento.
Esto significa que no basta con realizar cualquier compra de pequeño importe: la solicitud debe permitir alcanzar, al menos, los 5.000 euros de ayuda.
¿Qué ocurre si una empresa tiene varios locales?
Una misma empresa puede presentar una solicitud diferente por cada establecimiento.
Por ejemplo, una empresa con tres restaurantes podría solicitar una ayuda para cada local, siempre que las inversiones correspondan realmente a establecimientos distintos.
Dentro de la solicitud de un mismo establecimiento pueden incluirse varios equipos, pero solo se admite una solicitud por local.
Si el conjunto de ayudas solicitadas supera los 30.000 euros, la empresa deberá acreditar además el cumplimiento de los plazos legales de pago a proveedores. Los 30.000 euros no son un límite para solicitar la ayuda, sino un umbral que añade este requisito documental.
La mejora energética debe quedar acreditada
Este es uno de los puntos más delicados de la ayuda.
Cuando los equipos estén sujetos al sistema de etiquetado energético, deberá compararse la clasificación del equipo nuevo con la del equipo sustituido y mejorar la letra correspondiente.
Cuando no exista etiqueta energética, será necesario aportar un informe técnico pericial que compare las fichas técnicas o placas de características de ambos equipos y confirme el ahorro energético.
También deberá acreditarse la retirada del equipo antiguo mediante un gestor autorizado de residuos.
Por eso no recomendamos valorar el caso únicamente con la factura. Antes de avanzar hay que comprobar que puede demostrarse:
- Qué equipo había anteriormente.
- Qué equipo lo sustituye.
- Que el nuevo consume menos energía.
- Que el anterior se ha retirado correctamente.
¿Cuándo se puede solicitar?
El plazo comienza el 5 de agosto de 2026 a las 10:00 horas y finaliza el 30 de septiembre de 2026 a las 15:00 horas.
No obstante, el presupuesto es limitado y las solicitudes se tramitan por orden de presentación del expediente completo. La convocatoria puede cerrar antes si se agotan los fondos.
Además, si una solicitud necesita subsanación, se considerará completa en la fecha en la que se aporte el último documento pendiente. Presentarla deprisa pero incompleta puede hacer que pierda su posición.
¿Cuándo se cobra la ayuda?
La subvención se abona después de ejecutar, pagar y justificar correctamente la inversión.
Por tanto, el negocio debe poder adelantar inicialmente el coste. Con carácter general, la actuación deberá ejecutarse y pagarse en el plazo establecido tras la resolución de concesión.
¿Cómo te ayudamos desde Letrén?
En Letrén revisamos las inversiones realizadas o previstas en cada establecimiento para comprobar si realmente pueden encajar.
La revisión previa es especialmente importante en esta ayuda, porque no basta con tener una factura: hay que demostrar la sustitución, el ahorro energético y la retirada del equipo anterior.
Si el caso es viable, nos ocupamos de preparar la memoria, organizar la documentación, presentar la solicitud en representación del negocio y gestionar también la justificación hasta el cobro.




