
Subvenciones INEGA 2026-2027 para ahorro y eficiencia energética en empresas gallegas
Las subvenciones INEGA 2026-2027 para proyectos de ahorro y eficiencia energética en empresas gallegas están dirigidas a empresas y autónomos de Galicia que quieran realizar inversiones para reducir su consumo energético.
Es una línea especialmente interesante para negocios con instalaciones, locales, naves, edificios, maquinaria, climatización, iluminación, frío industrial o procesos productivos con consumo energético relevante.
La ayuda puede cubrir hasta el 55 % de la inversión subvencionable, con un máximo general de 1.000.000 € por expediente, según el tipo de empresa y actuación. La convocatoria se tramita en régimen de concurrencia no competitiva y está cofinanciada por el FEDER Galicia 2021-2027.
Qué son las subvenciones INEGA para ahorro y eficiencia energética
Estas ayudas tienen como finalidad apoyar proyectos que permitan reducir el consumo energético en empresas gallegas.
La convocatoria contempla actuaciones de ahorro y eficiencia energética en pymes, grandes empresas y determinadas infraestructuras públicas, aunque para empresas y autónomos el interés principal está en inversiones que mejoren instalaciones, procesos, equipos o edificios.
El punto clave es que la inversión debe generar un ahorro energético medible. Por eso, antes de preparar la solicitud, no basta con identificar una mejora o una sustitución de equipos: hay que poder justificar técnicamente el ahorro que produce la actuación.
Quién puede solicitar estas ayudas
Pueden solicitar estas subvenciones:
- Empresas legalmente constituidas.
- Empresarios autónomos.
- Empresas con domicilio social en Galicia.
- Empresas con algún centro de trabajo en Galicia.
- Empresas de servicios energéticos que gestionen instalaciones consumidoras de energía y cuyo contrato tenga por objeto conseguir ahorro económico mediante menor consumo energético.
La convocatoria considera empresa a toda entidad que ejerza una actividad económica, independientemente de su forma jurídica. También contempla entidades que desarrollen actividad artesanal, actividades a título individual o familiar, sociedades de personas y asociaciones que ejerzan actividad económica de forma regular.
Qué proyectos pueden encajar
Pueden encajar proyectos que reduzcan el consumo energético de la empresa y que se basen en una mejora técnica justificable.
Entre otros, podrían tener sentido actuaciones como:
- Sustitución de equipos por otros más eficientes.
- Mejoras en instalaciones de climatización.
- Renovación de iluminación.
- Actuaciones en frío industrial.
- Mejora energética de procesos productivos.
- Optimización de maquinaria o equipos consumidores de energía.
- Mejoras en edificios empresariales.
- Sistemas o inversiones que reduzcan consumo energético y emisiones.
También puede tener sentido para comercios, hoteles, talleres, clínicas, centros deportivos, alojamientos, naves, almacenes o empresas con locales e instalaciones donde se vayan a realizar mejoras de eficiencia energética.
Requisitos técnicos clave
La convocatoria exige que los proyectos alcancen determinados ratios de ahorro energético anual.
Según la línea, se establecen referencias como:
- PAPEME: proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes.
- PAGE: proyectos de ahorro y eficiencia energética en grandes empresas.
- PAE: proyectos en pymes o grandes empresas que reduzcan emisiones de gases de efecto invernadero al menos un 30 %.
- PAP: proyectos de ahorro y eficiencia energética en infraestructuras públicas.
Las inversiones deben basarse en una auditoría energética. En el caso de actuaciones en edificios, la auditoría se sustituye por el certificado de eficiencia energética, y los resultados deben reflejarse en la memoria técnica de la solicitud.
Inversión mínima subvencionable
La inversión mínima para que la actuación sea subvencionable es de 15.000 €, IVA no incluido.
Hay una excepción relevante: en proyectos de empresas con actividad de transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura, la inversión mínima asciende a 200.000 €, IVA no incluido.
Este punto es importante porque muchas actuaciones de eficiencia energética pueden ser interesantes, pero no todas alcanzan el volumen mínimo exigido por la convocatoria.
Cuánto puede cubrir la ayuda
La intensidad de ayuda depende del tipo de empresa y del tipo de actuación.
En términos generales:
- Para medidas de eficiencia energética en edificios, la ayuda puede ir del 20 % al 40 % según tamaño de empresa.
- Para medidas de eficiencia energética distintas de edificios, la ayuda puede ir del 35 % al 55 %.
- En determinados proyectos sujetos a minimis, la ayuda puede ir del 35 % al 55 % según tamaño de empresa.
La ayuda máxima por expediente asciende a 1.000.000 €, salvo en el caso de minimis, donde el límite es de 300.000 €. Además, la ayuda máxima por empresa beneficiaria es de 2.000.000 €.
Plazos de solicitud y ejecución
El plazo de presentación de solicitudes comenzó el 30 de enero de 2026 y finaliza el 15 de septiembre de 2026 a las 20:00 h.
Las actuaciones subvencionables deben iniciarse después de presentar la solicitud de ayuda y terminarse antes de la fecha límite de ejecución y justificación, fijada en el 15 de septiembre de 2027.
Este requisito es uno de los puntos más importantes de la convocatoria: la actuación no puede estar iniciada ni contratada antes de presentar la solicitud.




