Subvenciones para inversión industrial en Cataluña en 2026: qué empresas pueden pedirlas

Resumen rápido

Quién puede pedirla
Empresas industriales con CCAE 10, 11 y del 13 al 32
Qué subvenciona
Proyectos de inversión industrial para nuevas plantas o mejoras de procesos productivos
Cuantía
Hasta el 20 % de la inversión elegible, con un máximo de 500.000 €
Plazo
Del 10 de marzo al 22 de abril de 2026, hasta las 14:00

Si vuestra empresa está valorando una inversión industrial en Cataluña este año, esta ayuda puede ser una oportunidad interesante. No está pensada para cualquier negocio ni para cualquier proyecto, sino para inversiones productivas industriales que refuercen la actividad, mejoren procesos o impulsen nuevas plantas de producción.

Lo importante aquí es ver rápido si el proyecto encaja de verdad. La ayuda está bastante acotada por actividad, por territorio y por estructura de financiación, así que merece la pena revisar bien esos puntos antes de darla por válida.

Qué es esta ayuda y para qué sirve

La Generalitat ha abierto una línea de subvenciones para proyectos de inversiones productivas en Cataluña. El objetivo es apoyar proyectos industriales vinculados a nuevas plantas de producción o a mejoras y nuevos procesos productivos que, además, impliquen mantenimiento o incremento neto de puestos de trabajo.

Dicho de forma sencilla: no es una ayuda para una inversión cualquiera, sino para proyectos con una lógica industrial clara y con impacto real en la actividad productiva de la empresa.

¿Encaja para mí?

Sí, puede encajar si:
  • Sois una empresa industrial.
  • La actividad de la empresa y del proyecto entra en CCAE 10, 11 o del 13 al 32.
  • Tenéis sede operativa en Cataluña o vais a implantaros allí.
  • La inversión está vinculada a producción, mejora de procesos o nueva planta.
  • Podéis acreditar que el proyecto tiene al menos un 50 % de financiación cerrada.
En principio no encaja si:
  • No sois empresa industrial.
  • La actividad no está dentro de los CCAE admitidos.
  • No tenéis sede operativa en Cataluña ni proyecto de implantación allí.
  • No podéis acreditar financiación cerrada suficiente.

Quién puede solicitarla

La ayuda va dirigida a empresas industriales. La convocatoria exige que tanto la empresa solicitante como el proyecto subvencionado tengan CCAE 10, 11 o del 13 al 32, y que la empresa tenga sede operativa en Cataluña o sea de nueva implantación en Cataluña.

Requisitos clave

  • la empresa solicitante y el proyecto deben tener CCAE 10, 11 o del 13 al 32
  • debe existir sede operativa en Cataluña o tratarse de una nueva implantación allí
  • la empresa debe tener la financiación cerrada al menos en un 50 %
  • esa financiación debe acreditarse con documentación que demuestre la disponibilidad de fondos y su adecuación al proyecto
  • si la ayuda se tramita bajo la sección concreta del Marco Temporal de Crisis y Transición, habrá que acreditar la afectación derivada de la agresión de Ucrania por parte de Rusia en al menos dos de los aspectos previstos
  • las condiciones laborales deben ajustarse, como mínimo, al convenio colectivo de referencia del sector de la actividad subvencionada.
Requisito Qué implica
Actividad La empresa y el proyecto deben estar en CCAE 10, 11 o del 13 al 32.
Territorio Debe haber sede operativa en Cataluña o nueva implantación allí.
Financiación Hay que acreditar al menos un 50 % de financiación cerrada del proyecto.
Proyecto Debe ser una inversión productiva industrial real, no una actuación genérica.
Condiciones laborales Deben ajustarse, como mínimo, al convenio colectivo de referencia.

Qué actuaciones se subvencionan

La ayuda está pensada para proyectos de inversiones industriales vinculados a:

  • nuevas plantas de producción
  • inversiones para mejorar procesos productivos
  • nuevos procesos productivos
  • proyectos que conlleven mantenimiento o incremento neto de empleo.

Cuantía, intensidad y límites

La subvención puede alcanzar hasta el 20 % de la inversión elegible, con un máximo de 500.000 €.

  • hasta el 20 %
  • máximo 500.000 €

Luego, en la revisión caso a caso, ya es donde conviene ver el régimen de ayuda aplicable y los matices técnicos de la convocatoria.

El plazo de solicitud está abierto desde las 9:00 del 10 de marzo de 2026 hasta las 14:00 del 22 de abril de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta ayuda?

Empresas industriales cuyo CCAE y proyecto estén dentro de los códigos 10, 11 o del 13 al 32, con sede operativa en Cataluña o nueva implantación allí.

¿Qué tipo de inversión entra?

Proyectos de inversión productiva industrial vinculados a nuevas plantas o a mejoras y nuevos procesos productivos.

¿Cuánto puede obtenerse?

Hasta el 20 % de la inversión elegible, con un máximo de 500.000 €.

¿Hace falta tener la financiación cerrada?

Sí. La convocatoria exige acreditar al menos un 50 % de financiación cerrada del proyecto.

¿Vale para cualquier empresa de Cataluña?

No. Está dirigida a empresas industriales y a proyectos que encajen en los CCAE admitidos por la convocatoria.

¿Hasta cuándo puede solicitarse?

Hasta el 22 de abril de 2026 a las 14:00.

¿Estáis valorando una inversión industrial en Cataluña? Contacta con nosotros y revisamos si vuestro proyecto puede encajar y cómo enfocarlo.

¿Te interesa esta subvención?

Si estáis preparando una inversión industrial en Cataluña y queréis validar si esta ayuda puede encajar, lo vemos con vosotros.

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